Artículos 265 a 270 – Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Libro Primero – Parte General

TÍTULO IV: HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS

CAPÍTULO 2: ERROR COMO VICIO DE LA VOLUNTAD

Artículo 265 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Error de hecho.

El error de hecho esencial vicia la voluntad y causa la nulidad del acto. Si el acto es bilateral o unilateral recepticio, el error debe, además, ser reconocible por el destinatario para causar la nulidad.

Artículo 266 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Error reconocible.

El error es reconocible cuando el destinatario de la declaración lo pudo conocer según la naturaleza del acto, las circunstancias de persona, tiempo y lugar.

Artículo 267 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Supuestos de error esencial.

El error de hecho es esencial cuando recae sobre:

a) la naturaleza del acto;

b) un bien o un hecho diverso o de distinta especie que el que se pretendió designar, o una calidad, extensión o suma diversa a la querida;

c) la cualidad sustancial del bien que haya sido determinante de la voluntad jurídica según la apreciación común o las circunstancias del caso;

d) los motivos personales relevantes que hayan sido incorporados expresa o tácitamente;

e) la persona con la cual se celebró o a la cual se refiere el acto si ella fue determinante para su celebración.

Artículo 268 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Error de cálculo.

El error de cálculo no da lugar a la nulidad del acto, sino solamente a su rectificación, excepto que sea determinante del consentimiento.

Artículo 269 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Subsistencia del acto.

La parte que incurre en error no puede solicitar la nulidad del acto, si la otra ofrece ejecutarlo con las modalidades y el contenido que aquélla entendió celebrar.

Artículo 270 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Error en la declaración.

Las disposiciones de los artículos de este Capítulo son aplicables al error en la declaración de voluntad y en su transmisión.