Código de Minería de la República Argentina Audiolibro
Título XV: De las minas en compañía
III. De la concurrencia a gastos extraordinarios
Artículo 301 Código de Minería Argentino Audiolibro
Para la ejecución de los trabajos que exijan mayores gastos que los necesarios para el amparo, o que excedan de las cuotas estipuladas, debe haber unanimidad de votos.
Igual unanimidad se requiere cuando se trate de reducir las cuotas designadas para la explotación ordinaria de la mina.
Bastará la mayoría para emplear los productos de la mina en las obras que juzgare convenientes.
Artículo 302 Código de Minería Argentino Audiolibro
La minoría podrá impedir, previa resolución de la autoridad , que se ocupen más de DIEZ (10) operarios cuando no sean necesarios, o cuando sin aumentar su número, las obras puedan oportuna y satisfactoriamente realizarse.
La autoridad resolverá con el informe del director de los trabajos de la mina y con el del ingeniero oficial, o con el de los peritos que las partes puedan nombrar.
Artículo 303 Código de Minería Argentino Audiolibro
Pueden ser obligados los socios a contribuir con los fondos necesarios, aunque excedan de las cuotas ordinarias, para las obras de seguridad y conservación de la mina.