Artículos 304 a 307 – Código de Minería Argentino Audiolibro

Código de Minería de la República Argentina Audiolibro

Título XV: De las minas en compañía

IV. De la inconcurrencia a los gastos y sus efectos

Artículo 304 Código de Minería Argentino Audiolibro

Hay inconcurrencia:

1. No pagándose en el plazo prefijado las cuotas correspondientes.

2. Cuando, a falta de estipulación o acuerdo, no se han entregado estas cuotas TREINTA (30) días después de haberse pedido.

3. Si habiéndose hecho los gastos sin pedir cuotas, o habiendo éstos excedido del valor de las entregas, no se paga la parte correspondiente en el término de QUINCE (15) días.

4. Cuando no se contribuye a los gastos necesarios para la seguridad y conservación de la mina.

Artículo 305 Código de Minería Argentino Audiolibro

En cualquiera de los casos expresados en el artículo precedente, el administrador de la sociedad podrá disponer de la parte de minerales, pastas o dinero correspondientes al inconcurrente, que baste para cubrir los gastos y las cuotas que han debido anticiparse.

Artículo 306 Código de Minería Argentino Audiolibro

No rindiendo productos la mina, o no siendo éstos suficientes para cubrir los gastos y las anticipaciones en todo o en parte, cualquiera de los socios contribuyentes puede pedir a la autoridad que el socio inconcurrente sea requerido de pago, con apercibimiento de tenérsele por desistido de sus derechos.

No verificándose el pago dentro de los TREINTA (30) días siguientes al requerimiento, la parte de mina queda acrecida proporcionadamente a la de los socios contribuyentes.

La parte que a cada uno corresponda, se inscribirá en el registro de minas.

Artículo 307 Código de Minería Argentino Audiolibro

Si el socio inconcurrente no se encuentra en el distrito a que la mina corresponde, ni en el lugar de su residencia, el requerimiento se hará por avisos y edictos, según lo establecido en el Artículo 288.

Pero en el caso presente, las publicaciones se harán CINCO (5) veces en el espacio de TREINTA (30) días, y durante igual término se fijarán los carteles.