Artículos 994 a 996 – Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Libro Tercero – Derechos Personales.

TÍTULO II: CONTRATOS EN GENERAL

Capítulo 3: Formación del consentimiento.

Sección Cuarta: Contratos preliminares.

Artículo 994 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Disposiciones generales.

Los contratos preliminares deben contener el acuerdo sobre los elementos esenciales particulares que identifiquen el contrato futuro definitivo.

El plazo de vigencia de las promesas previstas en esta Sección es de un año, o el menor que convengan las partes, quienes pueden renovarlo a su vencimiento.

Artículo 995 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Promesa de celebrar un contrato.

Las partes pueden pactar la obligación de celebrar un contrato futuro. El futuro contrato no puede ser de aquellos para los cuales se exige una forma bajo sanción de nulidad. Es aplicable el régimen de las obligaciones de hacer.

Artículo 996 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Contrato de opción.

El contrato que contiene una opción de concluir un contrato definitivo, otorga al beneficiario el derecho irrevocable de aceptarlo. Puede ser gratuito u oneroso, y debe observar la forma exigida para el contrato definitivo. No es transmisible a un tercero, excepto que así se lo estipule.