Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro
Libro Tercero – Derechos Personales.
TÍTULO V: OTRAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES.
Capítulo 6: Títulos valores.
Sección Segunda: Títulos valores cartulares.
Parágrafo Cuarto: Títulos valores nominativos no endosables.
Artículo 1849 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro
Régimen.
Es título valor nominativo no endosable el emitido a favor de una persona determinada, y cuya transmisión produce efectos respecto al emisor y a terceros al inscribirse en el respectivo registro.