Artículo 764 – Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro

Libro Tercero – Derechos Personales.

TÍTULO I: OBLIGACIONES EN GENERAL

Capítulo 3: Clases de obligaciones.

Sección Primera: Obligaciones de dar.

Parágrafo Quinto: Obligaciones relativas a bienes que no son cosas.

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Aplicación de normas.

Las normas de los Parágrafos 1°, 2°, 3° y 4° de esta Sección se aplican, en lo pertinente, a los casos en que la prestación debida consiste en transmitir, o poner a disposición del acreedor, un bien que no es cosa.