Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro
Libro Tercero – Derechos Personales.
TÍTULO V: OTRAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES.
Capítulo 1: Responsabilidad civil.
Sección Primera: Disposiciones generales.
Artículo 1708 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro
Funciones de la responsabilidad.
Las disposiciones de este Título son aplicables a la prevención del daño y a su reparación.
Artículo 1709 Código Civil y Comercial Argentino Audiolibro
Prelación normativa.
En los casos en que concurran las disposiciones de este Código y las de alguna ley especial relativa a responsabilidad civil, son aplicables, en el siguiente orden de prelación:
a) las normas indisponibles de este Código y de la ley especial;
b) la autonomía de la voluntad;
c) las normas supletorias de la ley especial;
d) las normas supletorias de este Código.