Persona Jurídica Concepto de Persona Jurídica. Artículo 141 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina. Leer más artículos Siguiente entradaParentesco También podría gustarte Cosas Consumibles y No Consumibles 28 de junio de 2024 Acto Involuntario 28 de junio de 2024 Adopción Plena 28 de junio de 2024