El fallo de la Corte Suprema de 1992 que reconoció el derecho de réplica y estableció la supremacía de los tratados internacionales sobre la ley interna — la base directa de la reforma constitucional de 1994.
Es una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Argentina del 7 de julio de 1992 que reconoció el derecho de réplica y estableció la supremacía del derecho internacional sobre el derecho interno.
Miguel Ángel Ekmekdjian, abogado y profesor, se sintió ofendido por comentarios sobre Jesucristo y la Virgen María en un programa de televisión de Gerardo Sofovich.
Inició una acción de amparo para que se le reconociera su derecho de réplica, basándose en la Convención Americana de Derechos Humanos.
Rechazaron su pedido, diciendo que el derecho de réplica necesitaba una ley del Congreso para ser operativo.
Presentó un recurso extraordinario federal, que fue denegado, y luego acudió a la Corte Suprema con un recurso de queja.
Destacó la importancia de equilibrar la libertad de prensa con el respeto a la dignidad, honor e intimidad de las personas.
Dijo que la frase "en las condiciones que establezca la ley" se refiere a las condiciones de ejercicio del derecho de réplica, no a su exigibilidad.
Que los tratados internacionales tienen prioridad sobre la ley interna según el artículo 27 de esa convención, ratificada por Argentina.
Que la falta de reglamentación interna no puede impedir la operatividad de los derechos reconocidos en esos tratados.
La reforma constitucional adoptó la supremacía de los tratados internacionales y les dio jerarquía superior a las leyes nacionales — el mismo Art. 75 inciso 22 de la Constitución Nacional que ya vimos en la guía sobre Constitución formal y material.
Transformó el derecho argentino al dar prioridad a los tratados internacionales, influyendo directamente en la reforma constitucional de 1994.
Es una lectura imprescindible en todos los cursos de Derecho Constitucional en las facultades de abogacía de Argentina.