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Violencia como Vicio de la Voluntad en el Código Civil y Comercial

¿Sabías que la violencia puede viciar la voluntad y causar la nulidad de un acto jurídico? En el siguiente video, exploramos cómo la fuerza irresistible y las amenazas afectan la validez de los actos jurídicos.

Aprendé qué es la fuerza irresistible, cómo se juzga la relevancia de las amenazas y quién es responsable de los daños causados. Descubrí también la responsabilidad de las partes que conocían la violencia al momento de la celebración del acto.

Mirá el video para obtener una explicación detallada y consultá la transcripción completa para profundizar en este tema crucial del derecho civil y comercial.

¿Qué efectos tienen la fuerza irresistible y las amenazas en un acto?

De acuerdo al artículo 276, la fuerza irresistible y las amenazas que generan temor de sufrir un mal grave e inminente, que no se puede contrarrestar o evitar en la persona, o bienes de la parte o de un tercero, causan la nulidad del acto.

¿Cómo se debe juzgar la relevancia de las amenazas?

La relevancia de las amenazas debe ser juzgada teniendo en cuenta la situación del amenazado y las demás circunstancias del caso, según el artículo 276.

¿Qué se entiende por fuerza irresistible?

Según el artículo 276, se refiere a una presión física o moral que no puede ser resistida o evitada por la persona afectada, llevándola a actuar en contra de su voluntad.

¿Quién puede ser el autor de la fuerza irresistible y de las amenazas?

El autor puede ser una de las partes del acto o un tercero, según lo establecido en el artículo 277.

¿Quién es responsable de reparar los daños causados por la fuerza irresistible o las amenazas?

De acuerdo con el artículo 278, el autor de la fuerza irresistible o de las amenazas es responsable de reparar los daños.

¿Existe alguna responsabilidad para la parte que tenía conocimiento de la fuerza o las amenazas al momento de la celebración del acto?

Sí, según el artículo 278, la parte que tenía conocimiento de la fuerza irresistible o de las amenazas del tercero responde solidariamente por los daños causados.