Calculadora de vacaciones

Calculá cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad, y cuánto se cobra por ellas — según la Ley de Contrato de Trabajo. Gratis, sin registrarte y sin guardar tus datos: todo el cálculo se hace en tu navegador.

El sueldo que cobrás al momento de tomarte las vacaciones (o el último que cobraste, si ya no estás trabajando ahí).

Cómo se calcula

Las vacaciones en Argentina se calculan en dos pasos: primero cuántos días te corresponden según tu antigüedad, y después cuánto se cobra por cada uno de esos días.

Días según antigüedad (Art. 150 LCT)

  • 14 días corridos, con antigüedad de hasta 5 años.
  • 21 días corridos, con antigüedad mayor a 5 años y hasta 10.
  • 28 días corridos, con antigüedad mayor a 10 años y hasta 20.
  • 35 días corridos, con antigüedad mayor a 20 años.

La antigüedad se toma al 31 de diciembre del año que correspondan las vacaciones (Art. 150) — o a la fecha en que termina la relación laboral, si te vas antes de fin de año.

Si no trabajaste el año completo: proporcional

Si empezaste a trabajar durante el año, o te fuiste (por renuncia, despido o cualquier motivo) antes de que termine, te corresponde la parte proporcional a los días que sí trabajaste ese año — no los días completos de la escala.

Cuánto se cobra por día (Art. 155 LCT)

Con sueldo mensual, se divide el sueldo por 25 y ese es el valor de cada día de vacaciones. La ley usa 25 y no la cantidad real de días del mes — es un piso fijo para todos los casos.

Si te vas antes de tomarlas: indemnización (Art. 156 LCT)

Las vacaciones no se compensan en dinero (Art. 162) salvo en un solo caso: cuando termina la relación laboral sin haberlas tomado. Ahí sí corresponde cobrar, como indemnización, la parte proporcional al tiempo trabajado ese año.

Qué NO calcula esta herramienta

  • El requisito de días trabajados (Art. 151 LCT). La ley exige haber prestado servicios al menos la mitad de los días hábiles del año para tener derecho a la escala completa; si tuviste muchas ausencias o suspensiones sin goce de sueldo, el proporcional real puede calcularse distinto (Art. 153, sobre días de trabajo efectivo) al que estima esta herramienta, que prorratea sobre días corridos del año.
  • Convenios colectivos que mejoren el piso legal. Algunos gremios pactan más días o una forma de pago distinta — esta calculadora usa el piso que fija la LCT para cualquier trabajador.
  • El trabajo no registrado ("en negro"). Si no tenías recibo de sueldo, consultá con un abogado laboralista o un gremio antes de dar nada por cerrado.

Ejemplo 1 (año completo): María ingresó a trabajar el 10 de marzo de 2018 y sigue en el mismo empleo. Quiere calcular sus vacaciones de 2026, cobrando $1.500.000 por mes.

  • Antigüedad al 31/12/2026: 8 años → le corresponden 21 días (más de 5 y hasta 10 años).
  • Trabajó el año completo, así que no hay proporcional: 21 días.
  • Retribución: ($1.500.000 ÷ 25) × 21 = $1.260.000.

Ejemplo 2 (se va durante el año): Juan ingresó el 1° de febrero de 2023 y renuncia el 15 de julio de 2026, cobrando $900.000 por mes.

  • Antigüedad al 15/7/2026: 3 años → le corresponderían 14 días si trabajara el año completo.
  • Trabajó 196 de los 365 días de 2026 en esta empresa: proporcional ≈ 7,5 días.
  • Indemnización por vacaciones no gozadas: ($900.000 ÷ 25) × 7,5 ≈ $270.641.

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