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Lesión, Simulación y Fraude — Hechos y Actos Jurídicos

18 preguntas Verdadero/Falso reales de Derecho Civil I, con explicación citando el artículo real — sin comprar, sin crear cuenta, las veces que quieras.

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Respondé las 18 preguntas y corregí al final.

1 La acción del acreedor por fraude nunca puede dirigirse contra un subadquirente, solo contra quien adquirió directamente del deudor (Art. 340).

2 La acción de fraude únicamente puede ejercerla el acreedor con crédito de causa anterior al acto impugnado, sin ninguna excepción posible (Art. 339).

3 La simulación no puede oponerse a los acreedores del adquirente simulado que de buena fe ya hayan ejecutado los bienes comprendidos en el acto (Art. 337).

4 La declaración de inoponibilidad por fraude beneficia solo a los acreedores que la promovieron, y hasta el importe de sus respectivos créditos (Art. 342).

5 Todo acreedor puede pedir la declaración de inoponibilidad tanto de los actos de su deudor en fraude de sus derechos como de las renuncias que hubieran mejorado su fortuna (Art. 338).

6 El tercero afectado por un acto simulado necesita el mismo contradocumento que exige la ley para las partes, no puede probarlo por otro medio (Art. 336).

7 Entre las partes, la sola declaración de quien alega la simulación alcanza siempre para probarla, sin necesidad de contradocumento (Art. 335).

8 La acción del acreedor procede contra el subadquirente que adquirió a título gratuito, o que es cómplice en el fraude (Art. 340).

9 La simulación tiene lugar, entre otros supuestos, cuando se encubre el carácter jurídico de un acto bajo la apariencia de otro (Art. 333).

10 Cualquier acto simulado es siempre nulo, sin excepción, aunque encubra un acto real lícito que cumpla sus requisitos y no perjudique a nadie (Art. 334).

11 El tercero cuyos derechos o intereses legítimos son afectados por el acto simulado puede acreditar la simulación por cualquier medio de prueba, sin necesidad de contradocumento (Art. 336).

12 Si el acto simulado encubre otro acto real que no es ilícito ni perjudica a un tercero, y cumple los requisitos propios de su categoría, ese acto real es plenamente eficaz (Art. 334).

13 La acción de los acreedores por fraude cesa si el adquirente de los bienes transmitidos los desinteresa (les paga) o les da una garantía suficiente (Art. 341).

14 Entre las partes, la simulación se prueba, como regla, mediante el respectivo contradocumento (Art. 335).

15 La acción de declaración de inoponibilidad por fraude solo alcanza a los actos positivos del deudor, nunca a renuncias a derechos que hubieran mejorado su patrimonio (Art. 338).

16 Ante una notable desproporción de las prestaciones, la parte perjudicada igual debe probar, en forma independiente, que la otra explotó su necesidad, debilidad psíquica o inexperiencia (Art. 332).

17 Ante una notable desproporción de las prestaciones, se presume que la parte fuerte explotó la necesidad, debilidad psíquica o inexperiencia de la otra, salvo prueba en contrario (Art. 332).

18 Como regla, la acción de fraude exige que el crédito del acreedor sea de causa anterior al acto impugnado, salvo que el deudor haya actuado con el propósito de defraudar a futuros acreedores (Art. 339).