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Representación: Deberes, Poder y Extinción — Hechos y Actos Jurídicos

20 preguntas Verdadero/Falso reales de Derecho Civil I, con explicación citando el artículo real — sin comprar, sin crear cuenta, las veces que quieras.

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Respondé las 20 preguntas y corregí al final.

1 El representante nunca está obligado a entregarle a un tercero copia de su poder, aunque este se la exija (Art. 374).

2 El poder otorgado por varias personas para un objeto de interés común solo puede revocarse con el acuerdo de todas ellas (Art. 379).

3 Quien actúa como representante sin serlo, o en exceso de sus facultades, responde por el daño que sufra el tercero que confió sin culpa en la validez del acto, salvo que le haya advertido la falta o deficiencia de su poder (Art. 376).

4 La revocación de un poder es oponible a cualquier tercero desde el mismo momento en que se produce, aunque este no tuviera forma de conocerla (Art. 381).

5 El representante siempre responde por cualquier actuación de su sustituto, haya habido o no culpa en la elección (Art. 377).

6 El representante puede comprar libremente cualquier bien de su representado, sin ninguna restricción (Art. 372).

7 El representante tiene prohibido, como deber, adquirir por compraventa o actos análogos los bienes de su representado (Art. 372).

8 Si un poder designa varios representantes sin indicarlo, se entiende que faculta a actuar indistintamente a cualquiera de ellos (Art. 378).

9 Un poder conferido en términos generales alcanza para cualquier acto, incluidas las donaciones de inmuebles (Art. 375).

10 El representado debe prestar los medios necesarios para el cumplimiento de la gestión, y dejar indemne al representante de los perjuicios sufridos sin su culpa (Art. 373).

11 El poder conferido en términos generales solo incluye los actos de administración ordinaria; para donar un inmueble hace falta una facultad expresa (Art. 375).

12 El representante responde por el sustituto solo si incurrió en culpa al elegirlo (Art. 377).

13 El poder otorgado por varias personas para un objeto de interés común puede ser revocado por cualquiera de ellas sin depender de las demás (Art. 379).

14 Los terceros pueden exigir que el representante suscriba y les entregue copia firmada del instrumento del que resulta su representación (Art. 374).

15 El único deber del representado hacia su representante es retribuir la gestión cuando corresponda; no tiene otras obligaciones (Art. 373).

16 Quien actúa como representante de otro sin serlo nunca tiene responsabilidad alguna por el daño que sufra el tercero que confió en la validez del acto (Art. 376).

17 El poder se extingue, como regla, por la muerte del representado, pero subsiste si fue conferido para actos determinados en razón de un interés legítimo (Art. 380).

18 Si un poder designa varios representantes sin indicarlo, se entiende que deben actuar siempre todos juntos, sin excepción (Art. 378).

19 El poder se extingue siempre y sin excepción por la muerte del representado, sin importar para qué haya sido conferido (Art. 380).

20 La revocación del poder debe ponerse en conocimiento de los terceros por medios idóneos; si no, no les es oponible, salvo que se pruebe que la conocían (Art. 381).