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Violencia, Objeto, Causa y Forma — Hechos y Actos Jurídicos

20 preguntas Verdadero/Falso reales de Derecho Civil I, con explicación citando el artículo real — sin comprar, sin crear cuenta, las veces que quieras.

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Respondé las 20 preguntas y corregí al final.

1 Los motivos exteriorizados también integran la causa del acto, cuando son lícitos y fueron incorporados al acto en forma expresa, o tácitamente si son esenciales para ambas partes (Art. 281).

2 En un acto abstracto puede discutirse libremente la causa en cualquier momento, incluso antes de que se haya cumplido (Art. 283).

3 Aunque la causa no esté expresada en el acto, se presume que existe mientras no se pruebe lo contrario (Art. 282).

4 Si un acto no se otorga en la forma que exige la ley, pero esa forma no está exigida bajo sanción de nulidad, el acto vale igual como acto en el que las partes se obligaron a cumplir con esa formalidad (Art. 285).

5 El objeto de un acto jurídico puede ser cualquier cosa que las partes libremente acuerden, incluso si es lesivo de la dignidad humana (Art. 279).

6 En el acto abstracto, la inexistencia, falsedad o ilicitud de la causa no es discutible mientras el acto no se haya cumplido, excepto que la ley lo autorice expresamente (Art. 283).

7 Sin firma de ningún tipo, un mensaje de WhatsApp entre dos personas nunca puede considerarse un instrumento (Art. 287).

8 Un instrumento particular no firmado -- como un mensaje de WhatsApp sin firma -- sigue siendo un instrumento, distinto del instrumento privado firmado (Art. 287).

9 La causa de un acto se limita exclusivamente al fin inmediato autorizado por el ordenamiento jurídico, sin que ningún motivo exteriorizado pueda integrarla (Art. 281).

10 Tanto la fuerza irresistible como las amenazas que generan el temor de sufrir un mal grave e inminente que no se puede contrarrestar o evitar causan la nulidad del acto (Art. 276).

11 Cuando un acto se anula por la violencia ejercida por un tercero, solo responde el tercero, nunca la otra parte del acto, aunque haya conocido la violencia (Art. 278).

12 En los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma queda satisfecho si se utiliza una firma digital que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento (Art. 288).

13 Cuando un acto se anula por la violencia ejercida por un tercero, también puede responder solidariamente la parte que, al celebrar el acto, tuvo conocimiento de esa violencia (Art. 278).

14 Si un acto no se otorga en la forma que exige la ley, queda totalmente sin efecto, sin importar si esa forma está exigida o no bajo sanción de nulidad (Art. 285).

15 Si la ley no designa una forma determinada para un acto, las partes pueden utilizar la que estimen conveniente, e incluso convenir una forma más exigente que la impuesta por la ley (Art. 284).

16 El autor de la fuerza irresistible o de las amenazas puede ser una de las partes del acto o un tercero (Art. 277).

17 Solo la fuerza física directa sobre la persona vicia la voluntad; las amenazas nunca causan la nulidad del acto (Art. 276).

18 La expresión escrita de un acto puede constar en cualquier soporte, siempre que su contenido sea representado con texto inteligible, aunque su lectura exija medios técnicos (Art. 286).

19 El acto jurídico sujeto a plazo o condición suspensiva es válido, aunque el objeto haya sido inicialmente imposible, si deviene posible antes del vencimiento del plazo o del cumplimiento de la condición (Art. 280).

20 El objeto del acto jurídico no puede ser lesivo de la dignidad humana, entre otras limitaciones que fija el Art. 279.