← Ver todas las rondas de Derecho Civil I

Gratis para siempre

Nombre — Persona Humana

18 preguntas Verdadero/Falso reales de Derecho Civil I, con explicación citando el artículo real — sin comprar, sin crear cuenta, las veces que quieras.

Practicá esta ronda

Respondé las 18 preguntas y corregí al final.

1 Un pedido de cambio de nombre que requiere intervención judicial tramita siempre en secreto, y nadie puede formular oposición antes de la sentencia (Art. 70).

2 Un pedido de cambio de nombre que requiere intervención judicial debe publicarse en el diario oficial una vez por mes durante dos meses, y puede formularse oposición dentro de los 15 días hábiles desde la última publicación (Art. 70).

3 El seudónimo notorio goza de la misma tutela legal que el nombre (Art. 72).

4 El nombre del hijo adoptivo se rige por lo dispuesto en el Capítulo 5, Título VI del Libro Segundo del Código, no por las reglas generales de este Capítulo (Art. 68).

5 El cambio de prenombre por razón de identidad de género se considera justo motivo por sí mismo y no requiere intervención judicial (Art. 69).

6 Usar el prenombre y el apellido que le corresponden a una persona es, a la vez, un derecho y un deber (Art. 62).

7 Una persona con edad y grado de madurez suficiente que no tiene ningún apellido inscripto puede pedir la inscripción del apellido que está usando (Art. 66).

8 Tras el divorcio, una persona puede seguir usando el apellido de su ex cónyuge siempre, sin ninguna excepción ni autorización judicial (Art. 67).

9 Al inscribir a una persona, no hay ningún límite a la cantidad de prenombres que se pueden anotar (Art. 63).

10 Todos los hijos de un mismo matrimonio deben llevar el mismo apellido e integración compuesta que se haya decidido para el primero de los hijos (Art. 64).

11 El Código solo protege el nombre contra el uso indebido que haga otra persona física, nunca contra su uso en un personaje de fantasía como el de una marca (Art. 71).

12 Usar el prenombre y el apellido que le corresponden a una persona no es ni un derecho ni un deber: es una mera costumbre social sin regulación legal (Art. 62).

13 Si los cónyuges no se ponen de acuerdo sobre el apellido de su primer hijo, ese apellido se determina por sorteo realizado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (Art. 64).

14 Al inscribir a una persona, no pueden anotarse más de tres prenombres (Art. 63).

15 El cambio de prenombre por razón de identidad de género necesita la misma autorización judicial que cualquier otro cambio de nombre, sin excepción (Art. 69).

16 Tras el divorcio, una persona no puede seguir usando el apellido de su ex cónyuge, salvo que el juez la autorice a conservarlo por motivos razonables (Art. 67).

17 Un menor de edad sin filiación determinada debe ser anotado por el oficial del Registro con el apellido que está usando, o en su defecto, con un apellido común (Art. 65).

18 Si una marca usa el nombre de una persona para un personaje de fantasía y le causa un perjuicio moral, esa persona puede pedir que cese ese uso y demandar la reparación de los daños (Art. 71).