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Atributos y Efectos de la Personalidad Jurídica — Persona Jurídica

12 preguntas Verdadero/Falso reales de Derecho Civil I, con explicación citando el artículo real — sin comprar, sin crear cuenta, las veces que quieras.

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Respondé las 12 preguntas y corregí al final.

1 Cualquier persona jurídica puede usar el nombre de cualquier persona humana libremente, sin necesitar su conformidad (Art. 151).

2 Si la sede social no forma parte del estatuto, su cambio puede resolverlo directamente el órgano de administración, sin necesidad de modificar el estatuto (Art. 152).

3 Cualquier cambio de sede social siempre requiere modificar el estatuto, aunque la sede no forme parte de él (Art. 152).

4 La persona jurídica siempre puede desconocer una notificación judicial recibida en su sede inscripta (Art. 153).

5 El patrimonio es un atributo esencial de la persona jurídica: no puede existir sin patrimonio propio (Art. 154).

6 Para incluir en el nombre de una persona jurídica el nombre de una persona humana que no es miembro de la entidad, se necesita la conformidad de esa persona (Art. 151).

7 El Código no exige ninguna precisión particular sobre el objeto de la persona jurídica, puede declararse de forma genérica (Art. 156).

8 Las notificaciones judiciales hechas en la sede inscripta de una persona jurídica se tienen por válidas y vinculantes para ella (Art. 153).

9 El patrimonio es opcional para la persona jurídica y depende del tipo de entidad (Art. 154).

10 Si el estatuto no dice nada sobre el plazo de duración, la persona jurídica tiene duración ilimitada en el tiempo (Art. 155).

11 El objeto de la persona jurídica debe ser preciso y determinado (Art. 156).

12 Si el estatuto no dice nada sobre el plazo de duración, se le aplica un plazo fijo de 20 años, salvo prórroga expresa (Art. 155).